OBJETIVO:
Educar, prevenir y defender a la comunidad del cantón Bolívar garantizando la protección y cuidando de sus recursos tangibles e intangibles, del fuego y de los efectos negativos de emergencias o desastres de origen natural o antrópico con el fin de salvaguardar la vida y bienes públicos y privados con Honor, abnegación y disciplina, como manifiesta el Art. 264 de la Constitución, numeral 13. “Gestionar los servicios de prevención, protección, socorro y extinción de incendios”.
FUNCIONES ESPECÍFICAS:
- Determinar las políticas, objetivos y metas que deben seguirse para el adecuado desenvolvimiento del Cuerpo de Bomberos de Bolívar, en base al Plan Operativo Anual, elaborado para el efecto.
- Cumplir y hacer cumplir las normas de la Ley de Defensa contra Incendios y sus reglamentos.
- Prevenir, combatir y extinguir incendios.
- Ayudar en catástrofes, emergencias y accidentes.
- Ayudar en incidentes a requerimiento ciudadano.
- Desarrollar planes, programas y proyectos de prevención de riesgos generales.
- Generar programas de manejo de desastres.
- Seleccionar, reclutar personal para formación bomberil.
- Capacitar al personal.
- Operar los hidrantes del sistema contra incendios del cantón Bolívar.
- Actuar solidariamente en emergencias de cantones y provincias vecinas, a solicitud.
- Las demás que se encuentren determinadas en las leyes, ordenanzas y reglamentos.
TÍTULO | DOCUMENTO |
---|---|